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Martes, 8.12.2020


Becas Fundación Lázaro Galdiano. Madrid

Por admin | 20.7.2011

Una de las misiones fundamentales de la Fundación Lázaro Galdiano es poner al servicio de la sociedad las importantes colecciones que legó al Estado José Lázaro Galdiano. Para alcanzar este objetivo es preciso perfeccionar continuamente sus sistemas de información y documentación, intentando mejorar la calidad del servicio que esta Institución cultural presta según sus Estatutos. Asimismo, plantea una actividad didáctica constante, centrando su atención tanto en los escolares que visitan el Museo, como en la elaboración de talleres infantiles o recorridos temáticos por la colección.
Por ello, la Fundación Lázaro Galdiano desea facilitar al mayor número posible de especialistas en el área de Humanidades la oportunidad de colaborar en los trabajos de investigación, catalogación, didáctica y difusión de los fondos museísticos, actividades que pueden redundar en su perfeccionamiento personal. Con este fin, la Fundación Lázaro Galdiano convoca 2 BECAS destinadas al MUSEO.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Ser licenciado en alguna de las carreras del área de Humanidades, principalmente en Historia del Arte.

MÉRITOS DE LOS SOLICITANTES:
Se valorarán los siguientes méritos:
El expediente académico. Hasta un máximo de 2 puntos.
Haberse licenciado con posterioridad a 2004. Hasta un máximo de 1,50 puntos.
Inglés fluido o el dominio de algún otro idioma de la Unión Europea. Hasta un máximo de 1,50 puntos.
Haber sido beneficiario de otras becas o premios relacionados con la actividad en museos. Hasta un máximo de 1,5 puntos.
Experiencia y conocimiento en difusión cultural y actividades didácticas en museos. Hasta un máximo de 2 puntos.
Experiencia y conocimiento en el tratamiento de bases de datos documentales o del programa DOMUS (Sistema integrado de documentación y gestión museístico). Hasta un máximo de 1,50 puntos.

TAREAS A DESEMPEÑAR
Bajo la tutela de los responsables, participarán en las siguientes tareas:
Creación, gestión y desarrollo de las actividades documentales (DOMUS).
Creación, gestión y desarrollo de actividades e instrumentos relativos a la didáctica del Museo, dirigidas principalmente a escolares, como visitas guiadas, talleres, recorridos temáticos, etc. Asimismo, participarán en la creación y mantenimiento de cuantos instrumentos gráficos o digitales sean necesarios para estas actividades.
Cualquier otra actividad relacionada con las funciones propias del Museo que les sea encomendada por el tutor o por la Dirección de la Fundación.

DOTACIÓN ECONÓMICA TOTAL DE CADA BECA: 6.300 euros (brutos).

PLAZO DE SOLICITUD: Hasta el 21 de agosto de 2011.

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes deberán entregarse en la Secretaría de la Fundación Lázaro Galdiano: C/ Serrano, 122, 28006 Madrid, teléfono 91-5616084, fax 915617793. Podrán igualmente remitirse por correo electrónico a la siguiente dirección: c.gonzalez@flg.es. Los solicitantes preseleccionados serán convocados a una entrevista, en la cual se comprometen a presentar la documentación acreditativa de sus méritos.

PROCESO DE SELECCION
La Dirección de la Fundación Lázaro Galdiano nombrará una Comisión para la selección que pronunciará su decisión antes del 12 de septiembre de 2011. Dicho fallo será comunicado únicamente a los beneficiarios, publicando sus nombres en la página web: www.flg.es.

PERIODO Y CONDICIONES DE DISFRUTE:
La beca tendrá una duración de nueve meses, desde el 21 de septiembre de 2011 hasta el 20 de junio de 2012. El horario, de lunes a viernes, será de 25 horas semanales (de 9 a 14 horas).
La dotación económica se hará efectiva mensualmente y previa certificación por parte del tutor de los resultados del trabajo encomendado para cada período.
La beca objeto de esta convocatoria no establecerá relación contractual alguna, no vinculará laboralmente al becario con la Fundación ni implicará compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla de la misma. No se derivará para las partes firmantes obligación alguna referente a la Seguridad Social, por carecer de esa condición la relación jurídica que entre ellas se establece.
La Fundación Lázaro Galdiano correrá con los gastos del seguro de asistencia sanitaria de los becarios.
La Fundación Lázaro Galdiano podrá efectuar, en su caso, las retenciones correspondientes al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas según lo previsto en la legislación vigente, así como cualesquiera otras retenciones legales y la expedición de los correspondientes certificados de retención al becario.

OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO Y RÉGIMEN DE DISFRUTE DE LA BECA:
Desarrollar el plan de trabajo fijado por la Fundación de acuerdo con las tareas marcadas por el tutor y la Dirección de la Fundación Lázaro Galdiano.
Cumplir el horario establecido y las normas internas de la Fundación, así como guardar secreto profesional sobre las tareas realizadas durante su estancia y una vez finalizada ésta. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo documentalmente al tutor asignado por la Fundación.
Facilitar en todo momento al tutor asignado cuanta información y documentación se le solicite sobre la marcha y resultados del trabajo encomendado. El material resultante de las prácticas quedará, en todo caso, como propiedad de la Fundación.
Incorporarse a la Fundación en la fecha establecida por la misma, siendo necesario para poder interrumpir la beca la autorización expresa del tutor. Durante el periodo de disfrute de la beca, los becarios deberán respetar en todo momento las normas de organización, régimen interno y de seguridad vigentes en la misma.
Realizar una memoria de las actividades desarrolladas durante el período de duración de la beca, con una amplitud máxima de 6 folios. Dicha memoria será requisito imprescindible para la emisión del “certificado final de la beca” y el becario reconoce a la Fundación como titular pleno de dicha memoria.

PARTICIPACIÓN
La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las presentes bases y de todas las condiciones en ellas contenidas.

RESOLUCIÓN DE LA BECA UNA VEZ CONCEDIDA:
La condición de beneficiario de este programa de becas quedará resuelta de pleno derecho en el supuesto de incumplimiento de las condiciones y obligaciones de las partes recogidas en la convocatoria del programa. Esta resolución no originará a favor de la otra parte derecho a percibir indemnización o compensación de ningún tipo.
Además, y siempre que la parte que resuelva lo notifique a la otra parte con una antelación mínima de quince días, serán causas de resolución anticipada del presente programa de becas las siguientes:
El mutuo acuerdo de las partes.
La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción.
La denuncia por desistimiento de una de las partes, con el preaviso de 15 días correspondiente, que se documentará por escrito.
Por causas justificadas de bajo rendimiento, falta de aprovechamiento, ausencias injustificadas, comportamiento inapropiado o falta de cooperación, apreciado por su tutor o por la Dirección de la Fundación Lázaro Galdiano.
Esta resolución no originará a favor de la otra parte derecho a percibir indemnización o compensación de ningún tipo
Madrid, 19 de julio de 2011

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